Archivos de la Categoría: 'Ley-legislación'

29 Jun 2009

Situaciones especiales en la reproducción asistida

En general, estamos acostumbrados a entender el tema de la reproducción asistida en términos de situaciones normales de pareja, tanto heterosexuales como homosexuales. Sin embargo, en muchas ocasiones, las leyes no contemplan situaciones que pueden presentarse motivadas por relaciones no convencionales, demandas de inseminación que, aunque superen la imaginación, son totalmente reales y dignas de ser tenidas en cuenta.
En el caso de la ley española sobre reproducción asistida, y teniendo en cuenta que está considerada como una de las más avanzadas del mundo, no aparece ninguna resolución clara para, por ejemplo, los casos en los que hay amantes de por medio o cuando se dan situaciones de trío (una mujer y dos hombres). Estos son algunos casos que recoge el libro “Bioética y ley en reproducción humana asistida”, publicado por Fundación Salud 2000, y del que son autores dos expertos en este tema, Fernando Abellán y Javier Sánchez-Caro. Porque debemos tener siempre en cuenta, que estos casos no son casos teóricos, que se tratan de situaciones reales que ya se han presentado y que la legislación actual no contempla hasta el momento.
Entre los últimos casos que se han dado y que la ley no contempla nada al respecto, vamos a citar algunos:

-El caso de los niños concebidos por gestación subrogada; es decir, cuando los padres contratan y pagan a una mujer que quedará embarazada y tendrá el niño. Una vez ocurrido ésto último, esta mujer deberá ceder todos los derechos sobre el bebé a las personas que han hecho el acuerdo con ella. En principio, este tipo de acuerdos es ilegal en España, aunque en India o en Estados Unidos puede realizarse sin problemas. En nuestro país, los que han determinado tener así a sus hijos se han encontrado con el problema de no poder inscribirlos como propios. Sobre este tipo de concepción ya se ha dado un primer caso que ha favorecido a los padres y concretamente se refiere a un matrimonio formado por dos hombres. La Dirección General de Registros y Notariados ha admitido que los niños que sean concebidos por gestación subrogada pueden ser inscritos como hijos de sus padres. Claro que la ley actual no recoge este tipo de casos, por lo que aún la mayoría de las parejas con este problema no tienen más remedio que entrar en un laberinto burocrático que parece inacabable.

-Otro caso que puede darse es el de un hombre que desea utilizar su semen para inseminar a dos mujeres; es decir, en situaciones de poligamia, utilizar el semen sobrante de la inseminación de una mujer para poder inseminar a otra más.

-Los casos de procreación post-mortem.

-Las situaciones que crean objeción médica, como podría ser el caso de las parejas con enfermedades previas.

De todas formas, para conocer más extensamente las situaciones especiales en el terreno de la reproducción asistida, nada mejor que hacernos con el libro “Bioética y ley en reproducción humana asistida”, ya que publicaciones así cuelen crear conciencia social e incluso a veces consiguen cambiar con el tiempo leyes que aún están incompletas en algunos sentidos.

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24 Jun 2009

Días de playa y reproducción asistida para lesbianas en un solo paquete turístico

De la colaboración entre el Instituto Bernabeu, con clínicas en Alicante, Cartagena, Benidorm y Elche y especializado en fertilidad y ginecología, y la agencia de turismo española Rainbow, especializada en gays y lesbianas, ha surgido una interesante y sorprendente iniciativa que está haciéndose muy popular. Esta nueva opción turística está dirigida fundamentalmente a lesbianas de Inglaterra, Alemania, Suiza, Italia y Austria, paises donde las leyes no permiten la reproducción asistida a mujeres solteras y donde los vuelos diarios son bastantes frecuentes. Más adelante se dará a conocer también en Estados Unidos y Canadá, paises donde la ley permite la reproducción asistida, pero los precios son exhorbitantes, del orden de casi diez veces más que en España.
Este paquete turístico ofrece dos posibilidades juntas. Por un lado, permite pasar unos días de descanso y tranquilidad en un lujoso hotel de cinco estrellas frente al mar y además seguir un tratamiento de reproducción asistida en una clínica de prestigio de Alicante, lo que se suele llamar “turismo médico”. Es decir, se trata de una forma muy original de poder combinar unos días de relax con la posibilidad de ser madres. Un gran sueño para muchas mujeres.
El paquete que propone Rainbow Tourismo para las futuras madres es el siguiente:
-Una habitación doble en hotel de lujo a pie de playa durante una semana, que incluye un tratamiento de belleza y un masaje, por el precio de 600 euros por persona.
El procedimiento médico no va incluido en este precio, ya que puede variar en cada caso y depende de la técnica reproductiva que se haga necesario aplicar, aunque los precios aproximados oscilan entre unos 1.000 euros para una inseminación artificial hasta 7.500 euros, en los casos que haya que aplicar una ovodonación con semen.
Y ya una última puntualización. La agencia Rainbow Tourismo, además de este servicio, ofrece organizar bodas entre personas del mismo sexo. Unos servicios muy especiales, loables y sugerentes los de esta agencia que, además de ofrecer la posibilidad de hacerte pasar unos días de relax y ocio inolvidables, intentan solucionar problemas sociales bastante complicados a veces.

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20 May 2009

Actualmente se niega en muchas Comunidades Autónomas el derecho a la reproducción asistida a personas con VIH

Las técnicas de reproducción asistida se encuentran dentro de la cartera de servicios comunes a los que las personas con VIH tienen derecho a acceder siempre que exista un diagnóstico de infertilidad o indicación clínica

CESIDA denuncia esta situación discriminatoria y ha elaborado un informe que sustenta jurídicamente que la infección por VIH no puede ser utilizada como argumento válido para la exclusión en el acceso a técnicas de reproducción asistida en los centros asistenciales públicos o privados

El informe equipara la incorporación de la infección por VIH como causa de discapacidad, basándose en el modelo de discapacidad que trata de imponer la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con discapacidad

Las técnicas de reproducción humana asistida han demostrado ser útiles, seguras y eficaces para las personas con VIH en casos de diagnóstico de infertilidad o indicación clínica y para evitar la transmisión del VIH.  Por esta razón, el Sistema Nacional de Salud incluye estas técnicas dentro de la cartera de servicios comunes cuya prestación debe hacerse en condiciones de igualdad efectiva, con el fin de proporcionar una atención integral a la salud de las personas.

En la actualidad, la mayoría de las Comunidades Autónomas niegan este derecho a mujeres con VIH en centros asistenciales públicos y privados, aludiendo como única razón su estado serológico. Por este motivo, CESIDA solicita a las Administraciones Públicas que mediante acciones concretas ponga fin a este trato discriminatorio por razones sociales, con un colectivo especialmente vulnerable y con dificultad en algunos casos para acceder de manera real y efectiva a las prestaciones sanitarias.

Por otro lado, la Ley Técnicas de Reproducción Humana Asistida señala que debe garantizarse que las personas con discapacidad, entre las que se encuentran las personas con VIH, no sean discriminadas por razón de discapacidad en el acceso y utilización de estas técnicas de reproducción asistida.

Con el fin de subsanar esta situación de trato discriminatorio, CESIDA encargó un informe jurídico a Miguel Ángel Ramiro, profesor de la Universidad Carlos III, sobre el acceso a las técnicas de reproducción asistida de las personas con VIH. Este documento sustenta jurídicamente que el estado serológico no puede ser considerado un argumento de exclusión válido en el acceso a técnicas de reproducción asistida. Si se produjese tal exclusión, el informe destaca que las personas con VIH podrían reclamar su derecho mediante una serie de recursos, primero, ante la Administración y, posteriormente, ante los Jueces y Tribunales, con el fin de obtener su satisfacción.

Infección de VIH y discapacidad

Este informe considera la equiparación de la incorporación de la infección por VIH como causa de discapacidad. Esto significaría que por el simple hecho de ser diagnosticado de infección por  VIH, el paciente recibe automáticamente el 33% de minusvalía. Actualmente la Ley no considera a los pacientes con VIH como personas con discapacidad, olvidando que estas personas son discriminadas socialmente a causa de su enfermedad.

En este sentido, y siguiendo el modelo social de discapacidad impuesto por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, todos los hombres y las mujeres con VIH han de ser consideradas personas con discapacidad. Este cambio en la consideración implicaría que todas las personas con VIH podrían acceder a garantías suplementarias para vivir con plenitud de derechos o para participar en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos y ciudadanas en los diferentes planos de la vida.

CESIDA es la Coordinadora Estatal del VIH-sida, entidad que se constituye con la intención de aunar esfuerzos, trabajos y voluntades de las distintas organizaciones del Estado español que trabajan en el ámbito del VIH-sida. Se fundó en el año 2002 con el objetivo de ser una entidad referente para las organizaciones, entidades e instituciones nacionales del Movimiento Asociativo Organizado que abordan la realidad del VIH-sida. CESIDA está formada por 70 organizaciones de todo el estado español.

Para más información y gestión de entrevistas:
Pablo García
CESIDA Comunicación
Tfno: 902 36 28 25

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